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Guías · Salud privada en Brasil

Negociación de reajuste con aseguradoras: datos, calendario y argumentos

Lo que prevé la ley brasileña sobre el reajuste anual y cómo prepararse. El plazo de 90 días, el índice de la ANS y los datos que fortalecen la negociación.

Por Publicado el 9 min de lectura

¿El reajuste con la aseguradora es obligatorio?

Sí. Desde que la Ley 13.003/2014 incluyó el art. 17-A en la Ley 9.656/1998 (Lei dos Planos de Saúde, ley de seguros de salud de Brasil), la relación entre aseguradora (operadora, la empresa que administra el plan) y prestador exige contrato escrito. Entre las cláusulas obligatorias están los valores de los servicios, los criterios, la forma y la periodicidad del reajuste y los plazos de facturación y pago (§ 2º, II) [1]. El § 3º fija que el reajuste es anual, en un plazo improrrogable de 90 días desde el inicio de cada año calendario; el § 4º dice que, vencido el plazo, la Agência Nacional de Saúde Suplementar (ANS, regulador de los seguros de salud privados de Brasil) define el índice “cuando corresponda” [1].

Dos normas de la ANS lo regulan. La RN 503/2022 (Resolução Normativa, resolución normativa) trata del contrato escrito; la RN 512/2022 define el índice que aplica cuando la negociación falla [2][3]. El contexto del mercado está en la guía Salud privada en Brasil, y las cláusulas obligatorias, en la guía RN 503/2022: lo que debe decir el contrato con la aseguradora. Aquí el foco es solo el reajuste.

Lo que dice la RN 503/2022 sobre el reajuste

El art. 12 de la RN 503/2022 fija las reglas [2]:

  • Calidad y desempeño. La remuneración y los criterios de reajuste deben considerar atributos de calidad y desempeño de la atención, discutidos y aceptados previamente por las partes (§ 1º).
  • Aniversario del contrato. El reajuste se aplica anualmente en la fecha de aniversario del contrato escrito (§ 2º).
  • Libre negociación con plazo. El contrato puede prever libre negociación; el periodo es de 90 días naturales, improrrogables, contados desde el 1º de enero de cada año (§ 3º).

La norma también prohíbe reajustes condicionados a la siniestralidad de la aseguradora y reajustes que mantengan o reduzcan el valor nominal del servicio contratado [2][4].

¿Cuándo aplica el índice de la ANS?

La RN 512/2022 define que el índice de la ANS es el IPCA (Índice Nacional de Preços ao Consumidor Amplo) (art. 3º) y que solo aplica cuando se cumplen dos requisitos a la vez (art. 4º) [3]:

  1. el contrato escrito prevé la libre negociación como única forma de reajuste; y
  2. no hubo acuerdo al final de los 90 días de negociación.

Si el contrato tiene otra forma de reajuste además de la libre negociación (un índice de respaldo, un porcentaje, una fórmula), vale lo que dice el contrato, incluso sin acuerdo [4]. Sin contrato escrito, el índice de la ANS no aplica (art. 6º) [3].

Cuando aplica, se usa el IPCA acumulado en los 12 meses previos al aniversario, con el último mes divulgado por el IBGE (instituto de estadística de Brasil), y se aplica en el aniversario (art. 4º, §§ 1º y 2º) [3]. Para prestadores no hospitalarios incide sobre los servicios, sin órtesis, prótesis, materiales y medicamentos facturados aparte; para hospitales, se aplica según lo que establezca el contrato (art. 5º, párrafo único) [3][4].

Cláusula de reajusteSin acuerdo en 90 díasPunto de atención
Solo libre negociaciónIPCA × Factor de Calidad, en el aniversario [3]En hospitales, la base sigue el contrato
Libre negociación con índice de respaldoEl índice del contrato [4][6]El respaldo se vuelve el piso real
Índice o porcentaje fijoEl índice del contrato, sin negociación anual [6]Revisarlo en la renovación
Fórmula con indicadores de calidadLa fórmula del contrato [2]Indicadores definidos y medibles
Sin contrato escritoNingún índice de la ANS [3]Formalizar el contrato es prioridad

El Factor de Calidad eleva el índice

La RN 512/2022 aplica un Factor de Calidad (arts. 7º y 8º): 115% del IPCA para el nivel A, 110% para el B, 105% para el C y 100% para los demás [3]. Criterios de la ANS para hospitales [5]:

Nivel% del IPCACriterio para hospitales
A115%Acreditación en el nivel máximo, más los requisitos comunes
B110%Certificación de todo el alcance de atención, más los requisitos comunes
C105%Requisitos comunes, o participación en proyecto de inducción de calidad de la ANS, cuando exista
Demás100%—

Requisitos comunes: núcleo de seguridad del paciente registrado en la Anvisa (agencia de vigilancia sanitaria de Brasil), con al menos una notificación en Notivisa por trimestre en el año base, y al menos 75% de las guías enviadas a las aseguradoras en las versiones vigentes del estándar TISS (estándar obligatorio de intercambio de datos de salud) [5]. La aseguradora verifica los criterios en cualquier momento del año base (art. 9º) [3].

No lo confunda con el aumento de las primas

Cada año la ANS publica el tope de aumento de los planes individuales y familiares, y la prensa informa el aumento promedio de los planes colectivos. Esas cifras tratan de lo que el beneficiario paga a la aseguradora. No aplican al contrato entre hospital y aseguradora, que sigue la Ley 9.656/1998, la RN 503/2022 y la RN 512/2022 [1][2][3]. Sirven como contexto: muestran cuánto crece el ingreso de las aseguradoras.

¿Cómo es el calendario de la negociación?

La regla legal cuenta 90 días desde el 1º de enero, hasta fines de marzo [1][2]. El manual de contratación de la Anahp (Associação Nacional de Hospitais Privados, asociación nacional de hospitales privados de Brasil) registra que, en la práctica, hospitales y aseguradoras suelen acordar negociar en los 90 días previos al aniversario del contrato, y recomienda iniciar las conversaciones antes de esa ventana [6]. También orienta que, llegado el aniversario sin acuerdo en un contrato solo de libre negociación, el hospital aplique el índice de la ANS [6].

MomentoQué hacer
120 días o más antes de la ventanaLeer cada cláusula de reajuste; mapear aniversarios; armar el expediente de datos
Inicio de la ventana (1º de enero o 90 días antes del aniversario, según el contrato)Enviar propuesta formal por escrito, con cifras y memoria de cálculo
Durante la ventanaRegistrar cada contrapropuesta; tratar en paralelo glosas y plazos de pago
Fin de la ventana sin acuerdoVerificar si aplica el índice de la ANS (solo libre negociación) o el respaldo del contrato
Aniversario del contratoAplicar el reajuste acordado o el índice que corresponda en la tabla y la facturación

Los datos que sostienen la solicitud

ArgumentoDatoFuente
Inflación de referenciaIPCA de 4.26% en 2025IBGE [10]
Peso del costo de personal39.03% del gasto total de los hospitales Anahp en 2024 (36.71% en 2023)[9]
Margen estrechoGasto total equivalente a 93% del ingreso neto en 2025; margen EBITDA de 11.05% en 2025 y 9.45% en el 1er trimestre de 2026[7][8]
Plazo de cobro77.35 días en 2025, de la factura al pago[7]
Glosa (rechazo de pago)Glosa inicial de 15.93% de las cuentas por cobrar y glosa aceptada de 1.72% del ingreso bruto de aseguradoras en 2025[7]
Resultado de las aseguradorasR$ 23,430 millones de resultado neto en 2025 (6.96% de los ingresos); siniestralidad de 81.5%[7]

El hospital cobra en promedio después de más de dos meses, pierde parte de la facturación en glosas y opera con margen estrecho, mientras el resultado de las aseguradoras mejoró. La Anahp señala además que, más allá de la glosa aceptada, los hospitales aceptan descuentos en acuerdos para cobrar facturas [7]. Por eso el reajuste no debe negociarse aislado: plazo de pago, reglas de glosa y de auditoría, previstos en la RN 503/2022, van en el mismo paquete [2]. Las fórmulas están en la guía Indicadores del ciclo de ingresos, y la lógica de la siniestralidad, en la guía Siniestralidad. Más cifras del sector en Datos del sector.

Lo que puede cambiar en 2026

La ANS abrió la consulta pública CP 170/2026 sobre un borrador que consolida la RN 503/2022 y la RN 512/2022, con aportaciones hasta el 3 de julio de 2026. Si la nueva norma se publica, las reglas de índice, Factor de Calidad y plazo de negociación descritas en esta guía pueden cambiar.

Lo que vemos en la operación

En Accrua, el contrato de cada aseguradora queda cargado en Accrua OS, con la cláusula de ajuste, la tabla vigente, las reglas de autorización y el historial de glosas. Eso permite separar, contrato por contrato, si el ajuste es solo por libre negociación, si hay índice de respaldo o índice fijo, y cuándo cae la fecha de aniversario.

Para la negociación, llevamos al hospital lo que muestra su historial de cuentas sobre esa aseguradora: glosa inicial y glosa aceptada, motivos que se repiten, plazo de pago observado contra el plazo del contrato y apelaciones aceptadas y no pagadas. Esos datos entran a la mesa junto al índice, porque lo que el hospital recibe depende de la tabla, de lo que se glosa y del tiempo hasta el pago.

Modificar un contrato es siempre decisión de una persona del hospital. Nuestro papel es entregar las cifras consolidadas, cada una con su fuente, y después del acuerdo, actualizar el contrato y la tabla en el sistema para que las siguientes cuentas salgan con la regla nueva.

Por dónde empezar

  1. Lea la cláusula de reajuste de cada contrato y clasifíquela.
  2. Arme el calendario con aniversarios y ventana de negociación por aseguradora.
  3. Revise su nivel en el Factor de Calidad: acreditación, certificación, núcleo de seguridad del paciente, notificaciones y TISS vigente.
  4. Prepare el expediente con datos del sector y propios (personal, plazo de cobro y glosa por aseguradora).
  5. Negocie plazo, glosa y reajuste juntos, por escrito.

Preguntas frecuentes

¿La aseguradora está obligada a reajustar el contrato del hospital cada año?

Sí. La Ley 9.656/1998 y la RN 503/2022 exigen reajuste anual, aplicado en el aniversario del contrato, en la forma que fija la cláusula de reajuste.

¿Cuál es el plazo para negociar?

Si el contrato prevé libre negociación, 90 días naturales e improrrogables desde el 1º de enero. Según el manual de contratación de la Anahp, en la práctica prestadores y aseguradoras suelen acordar la negociación en los 90 días previos al aniversario del contrato.

¿Qué índice aplica la ANS si no hay acuerdo?

El IPCA de 12 meses multiplicado por el Factor de Calidad (100%, 105%, 110% o 115%), según la RN 512/2022, y solo si la libre negociación es la única forma de reajuste del contrato escrito.

¿El tope de 2026 de los planes individuales aplica al hospital?

No. Ese tope trata de las primas de los beneficiarios. El contrato del hospital sigue su propia cláusula.

¿La aseguradora puede condicionar el reajuste a la siniestralidad?

No. La RN 503/2022 lo prohíbe, igual que el reajuste que mantenga o reduzca el valor nominal.

¿Sobre qué incide el índice en el hospital?

Para hospitales, la RN 512/2022 remite al contrato, que debe indicar si incide sobre diarias, tasas, paquetes u otros conceptos.

Fuentes

  1. Presidência da República — Lei nº 9.656, de 3 de junho de 1998 (ley de seguros de salud, texto compilado), art. 17-A, §§ 2º a 4º, incluido por la Lei nº 13.003/2014. enlace
  2. ANS — Resolução Normativa nº 503, de 30 de março de 2022 (reglas de contratos con prestadores), art. 12, §§ 1º a 3º, y art. 5º, VII y VIII. enlace
  3. ANS — Resolução Normativa nº 512/2022 (índice de reajuste de la ANS y Factor de Calidad), arts. 3º a 9º. Copia publicada por el CBR. enlace
  4. ANS — Reajuste dos prestadores de serviços de saúde (reajuste de prestadores), página publicada el 09/03/2021. enlace
  5. ANS — Critérios do Fator de Qualidade (criterios del Factor de Calidad). enlace
  6. Anahp — Manual de contratualização entre hospitais e operadoras de planos de saúde (manual de contratación entre hospitales y aseguradoras, 2025), secciones 3 y 12. enlace
  7. Anahp — Balanço Observatório Anahp, 9ª edición, marzo de 2026 (datos de 2025). enlace
  8. Anahp — Balanço Observatório Anahp, junio de 2026 (1er trimestre de 2026). enlace
  9. Anahp — Observatório Anahp 2025 (datos de 2024), Tabla 2. enlace
  10. IBGE — Índice Nacional de Preços ao Consumidor Amplo (IPCA). enlace