¿El reajuste con la aseguradora es obligatorio?
Sí. Desde que la Ley 13.003/2014 incluyó el art. 17-A en la Ley 9.656/1998 (Lei dos Planos de Saúde, ley de seguros de salud de Brasil), la relación entre aseguradora (operadora, la empresa que administra el plan) y prestador exige contrato escrito. Entre las cláusulas obligatorias están los valores de los servicios, los criterios, la forma y la periodicidad del reajuste y los plazos de facturación y pago (§ 2º, II) [1]. El § 3º fija que el reajuste es anual, en un plazo improrrogable de 90 días desde el inicio de cada año calendario; el § 4º dice que, vencido el plazo, la Agência Nacional de Saúde Suplementar (ANS, regulador de los seguros de salud privados de Brasil) define el índice “cuando corresponda” [1].
Dos normas de la ANS lo regulan. La RN 503/2022 (Resolução Normativa, resolución normativa) trata del contrato escrito; la RN 512/2022 define el índice que aplica cuando la negociación falla [2][3]. El contexto del mercado está en la guía Salud privada en Brasil, y las cláusulas obligatorias, en la guía RN 503/2022: lo que debe decir el contrato con la aseguradora. Aquí el foco es solo el reajuste.
Lo que dice la RN 503/2022 sobre el reajuste
El art. 12 de la RN 503/2022 fija las reglas [2]:
- Calidad y desempeño. La remuneración y los criterios de reajuste deben considerar atributos de calidad y desempeño de la atención, discutidos y aceptados previamente por las partes (§ 1º).
- Aniversario del contrato. El reajuste se aplica anualmente en la fecha de aniversario del contrato escrito (§ 2º).
- Libre negociación con plazo. El contrato puede prever libre negociación; el periodo es de 90 días naturales, improrrogables, contados desde el 1º de enero de cada año (§ 3º).
La norma también prohíbe reajustes condicionados a la siniestralidad de la aseguradora y reajustes que mantengan o reduzcan el valor nominal del servicio contratado [2][4].
¿Cuándo aplica el índice de la ANS?
La RN 512/2022 define que el índice de la ANS es el IPCA (Índice Nacional de Preços ao Consumidor Amplo) (art. 3º) y que solo aplica cuando se cumplen dos requisitos a la vez (art. 4º) [3]:
- el contrato escrito prevé la libre negociación como única forma de reajuste; y
- no hubo acuerdo al final de los 90 días de negociación.
Si el contrato tiene otra forma de reajuste además de la libre negociación (un índice de respaldo, un porcentaje, una fórmula), vale lo que dice el contrato, incluso sin acuerdo [4]. Sin contrato escrito, el índice de la ANS no aplica (art. 6º) [3].
Cuando aplica, se usa el IPCA acumulado en los 12 meses previos al aniversario, con el último mes divulgado por el IBGE (instituto de estadística de Brasil), y se aplica en el aniversario (art. 4º, §§ 1º y 2º) [3]. Para prestadores no hospitalarios incide sobre los servicios, sin órtesis, prótesis, materiales y medicamentos facturados aparte; para hospitales, se aplica según lo que establezca el contrato (art. 5º, párrafo único) [3][4].
| Cláusula de reajuste | Sin acuerdo en 90 días | Punto de atención |
|---|---|---|
| Solo libre negociación | IPCA × Factor de Calidad, en el aniversario [3] | En hospitales, la base sigue el contrato |
| Libre negociación con índice de respaldo | El índice del contrato [4][6] | El respaldo se vuelve el piso real |
| Índice o porcentaje fijo | El índice del contrato, sin negociación anual [6] | Revisarlo en la renovación |
| Fórmula con indicadores de calidad | La fórmula del contrato [2] | Indicadores definidos y medibles |
| Sin contrato escrito | Ningún índice de la ANS [3] | Formalizar el contrato es prioridad |
El Factor de Calidad eleva el índice
La RN 512/2022 aplica un Factor de Calidad (arts. 7º y 8º): 115% del IPCA para el nivel A, 110% para el B, 105% para el C y 100% para los demás [3]. Criterios de la ANS para hospitales [5]:
| Nivel | % del IPCA | Criterio para hospitales |
|---|---|---|
| A | 115% | Acreditación en el nivel máximo, más los requisitos comunes |
| B | 110% | Certificación de todo el alcance de atención, más los requisitos comunes |
| C | 105% | Requisitos comunes, o participación en proyecto de inducción de calidad de la ANS, cuando exista |
| Demás | 100% | — |
Requisitos comunes: núcleo de seguridad del paciente registrado en la Anvisa (agencia de vigilancia sanitaria de Brasil), con al menos una notificación en Notivisa por trimestre en el año base, y al menos 75% de las guías enviadas a las aseguradoras en las versiones vigentes del estándar TISS (estándar obligatorio de intercambio de datos de salud) [5]. La aseguradora verifica los criterios en cualquier momento del año base (art. 9º) [3].
No lo confunda con el aumento de las primas
Cada año la ANS publica el tope de aumento de los planes individuales y familiares, y la prensa informa el aumento promedio de los planes colectivos. Esas cifras tratan de lo que el beneficiario paga a la aseguradora. No aplican al contrato entre hospital y aseguradora, que sigue la Ley 9.656/1998, la RN 503/2022 y la RN 512/2022 [1][2][3]. Sirven como contexto: muestran cuánto crece el ingreso de las aseguradoras.
¿Cómo es el calendario de la negociación?
La regla legal cuenta 90 días desde el 1º de enero, hasta fines de marzo [1][2]. El manual de contratación de la Anahp (Associação Nacional de Hospitais Privados, asociación nacional de hospitales privados de Brasil) registra que, en la práctica, hospitales y aseguradoras suelen acordar negociar en los 90 días previos al aniversario del contrato, y recomienda iniciar las conversaciones antes de esa ventana [6]. También orienta que, llegado el aniversario sin acuerdo en un contrato solo de libre negociación, el hospital aplique el índice de la ANS [6].
| Momento | Qué hacer |
|---|---|
| 120 días o más antes de la ventana | Leer cada cláusula de reajuste; mapear aniversarios; armar el expediente de datos |
| Inicio de la ventana (1º de enero o 90 días antes del aniversario, según el contrato) | Enviar propuesta formal por escrito, con cifras y memoria de cálculo |
| Durante la ventana | Registrar cada contrapropuesta; tratar en paralelo glosas y plazos de pago |
| Fin de la ventana sin acuerdo | Verificar si aplica el índice de la ANS (solo libre negociación) o el respaldo del contrato |
| Aniversario del contrato | Aplicar el reajuste acordado o el índice que corresponda en la tabla y la facturación |
Los datos que sostienen la solicitud
| Argumento | Dato | Fuente |
|---|---|---|
| Inflación de referencia | IPCA de 4.26% en 2025 | IBGE [10] |
| Peso del costo de personal | 39.03% del gasto total de los hospitales Anahp en 2024 (36.71% en 2023) | [9] |
| Margen estrecho | Gasto total equivalente a 93% del ingreso neto en 2025; margen EBITDA de 11.05% en 2025 y 9.45% en el 1er trimestre de 2026 | [7][8] |
| Plazo de cobro | 77.35 días en 2025, de la factura al pago | [7] |
| Glosa (rechazo de pago) | Glosa inicial de 15.93% de las cuentas por cobrar y glosa aceptada de 1.72% del ingreso bruto de aseguradoras en 2025 | [7] |
| Resultado de las aseguradoras | R$ 23,430 millones de resultado neto en 2025 (6.96% de los ingresos); siniestralidad de 81.5% | [7] |
El hospital cobra en promedio después de más de dos meses, pierde parte de la facturación en glosas y opera con margen estrecho, mientras el resultado de las aseguradoras mejoró. La Anahp señala además que, más allá de la glosa aceptada, los hospitales aceptan descuentos en acuerdos para cobrar facturas [7]. Por eso el reajuste no debe negociarse aislado: plazo de pago, reglas de glosa y de auditoría, previstos en la RN 503/2022, van en el mismo paquete [2]. Las fórmulas están en la guía Indicadores del ciclo de ingresos, y la lógica de la siniestralidad, en la guía Siniestralidad. Más cifras del sector en Datos del sector.
Lo que puede cambiar en 2026
La ANS abrió la consulta pública CP 170/2026 sobre un borrador que consolida la RN 503/2022 y la RN 512/2022, con aportaciones hasta el 3 de julio de 2026. Si la nueva norma se publica, las reglas de índice, Factor de Calidad y plazo de negociación descritas en esta guía pueden cambiar.
Lo que vemos en la operación
En Accrua, el contrato de cada aseguradora queda cargado en Accrua OS, con la cláusula de ajuste, la tabla vigente, las reglas de autorización y el historial de glosas. Eso permite separar, contrato por contrato, si el ajuste es solo por libre negociación, si hay índice de respaldo o índice fijo, y cuándo cae la fecha de aniversario.
Para la negociación, llevamos al hospital lo que muestra su historial de cuentas sobre esa aseguradora: glosa inicial y glosa aceptada, motivos que se repiten, plazo de pago observado contra el plazo del contrato y apelaciones aceptadas y no pagadas. Esos datos entran a la mesa junto al índice, porque lo que el hospital recibe depende de la tabla, de lo que se glosa y del tiempo hasta el pago.
Modificar un contrato es siempre decisión de una persona del hospital. Nuestro papel es entregar las cifras consolidadas, cada una con su fuente, y después del acuerdo, actualizar el contrato y la tabla en el sistema para que las siguientes cuentas salgan con la regla nueva.
Por dónde empezar
- Lea la cláusula de reajuste de cada contrato y clasifíquela.
- Arme el calendario con aniversarios y ventana de negociación por aseguradora.
- Revise su nivel en el Factor de Calidad: acreditación, certificación, núcleo de seguridad del paciente, notificaciones y TISS vigente.
- Prepare el expediente con datos del sector y propios (personal, plazo de cobro y glosa por aseguradora).
- Negocie plazo, glosa y reajuste juntos, por escrito.